Colombia, tradicionalmente visto como un país productor, ha venido transitando hacia una realidad hoy irrefutable: el uso y abuso de las sustancias psicoactivas (SPA) es un fenómeno presente de una u otra forma en todos los grupos sociales de la población. Estas transformaciones en el consumo han exigido abordajes estructurales e integrales, basados en la evidencia, de tal forma que su impacto negativo no afecte el desarrollo humano, los derechos humanos, la salud y la calidad de vida de una comunidad. El consumo de SPA es un comportamiento que cuando ocurre dinamiza una serie de riesgos que al materializarse suelen provocar consecuencias adversas para el sujeto mismo, su familia y su comunidad.
Las agencias internacionales, algunos gobiernos, investigadores en el tema y comunidades de todo el mundo han venido dando pasos importantes hacia respuestas basadas en la evidencia, con lógicas más humanas, fundamentadas en aspectos sociales, sanitarios y de derechos; características que han sido las bases sobre las que el país ha venido avanzando en su respuesta frente al consumo de las drogas, y que se han materializado en la bitácora que el país tiene en el tema: La Política Nacional para la Reducción del Consumo de Sustancias Psicoactivas y su Impacto.
La Ley 1566 de 2012 representa para toda la población colombiana una forma diferente de comprender que el consumo de SPA es un fenómeno social y por tanto requiere de un desarrollo importante en el campo de la salud como derecho, y un compromiso social de todos los actores para la superación de la exclusión social. De esta forma, este documento es una herramienta construida de manera conjunta entre todos los sectores involucrados en el tema con la que se pretende difundir y socializar en detalle los contenidos de este logro normativo para el fortalecimiento de una política de reducción del consumo de SPA, y a su vez es una invitación explícita para que toda la población afectada por su consumo conozca, entienda, apropie y haga exigibles sus derechos como lo ratifica esta Ley.